-Reportaje realizado por Javier Castro, Víctor González y Jaume Sendra

Las mujeres refugiadas son uno de los colectivos más vulnerables al abuso y al tráfico de personas en su trayecto hacia un futuro mejor. Los datos afirman que el 98% de los refugiados que padecen esclavitud y abusos sexuales son mujeres. Del mismo modo, los niños también son un grupo social con un gran riesgo de explotación. En suelo europeo hay 10.000 menores desaparecidos y Europol confirma que una parte significativa se podría encontrar bajo una red de trata de personas.

Las guerras de la era moderna se caracterizan por el constante castigo que la población recibe a causa del conflicto. Hoy en día, no existe ninguna guerra en la que no se vulneren los derechos humanos o en la que las familias no se vean obligadas a abandonar sus hogares para salvar sus vidas.

Como raíces arrancadas por una tormenta, las personas andan por el mundo en busca de un refugio seguro. Cruzando desiertos, atravesando mares y esquivando alambradas, las personas inmersas en odiseas de constantes peligros, se juegan la vida por aquello que tanto hemos oído de los que huyen de sus tierras: »Si me quedo no tengo ninguna posibilidad de sobrevivir».

Y aunque la palabra ‘refugiado’ debería albergar a todas aquellas almas que buscan un sitio seguro donde vivir, sea cual sea el motivo (cambio climático, conflictos, persecuciones por motivo de sexo, etnia o religión…), solamente aquellas personas que huyen de una guerra son amparadas bajo el Estatuto del Refugiado de 1951 de Naciones Unidas.

Un Estatuto que explícitamente no insta a realizar una distinción entre géneros dentro de la etiqueta ‘refugiado’ y que por lo tanto no reconoce la vulnerabilidad a la que las mujeres están sometidas. Aún así, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR, reconoce que las mujeres, »por el hecho de serlo, forman parte de un grupo social determinado que puede ser víctima de violaciones de derechos humanos y que, por lo tanto, pueden solicitar asilo».

La vulneración de los derechos de las mujeres refugiadas

En un mundo desigual y muchas veces, injusto, las mujeres y los niños son los grupos más vulnerables y por ende, los que más riesgo corren al recorrer las fronteras huyendo del conflicto. Por este motivo, tanto desde las oenegés y recientemente, desde las propias autoridades, se intenta dar protección especial a estos grupos.

De hecho, el pasado 25 de mayo la fundación Josep Irla presentó en Barcelona su informe ‘La situació de les dones refugiades a Europa, l’Estat Espanyol i Catalunya’. Su principal autora, la politóloga Helena Castellà, resaltó la necesidad de considerar la perspectiva de género en esta crisis de asilo, que no de refugiados: “Los menores y los ancianos también son vulnerables, pero el colectivo de mujeres refugiadas ha crecido exponencialmente”, explica.

Así pues, las discriminaciones que pueden padecer las mujeres refugiadas en su viaje se pueden dividir en las 3 etapas básicas de su trayecto, es decir; el origen, el tránsito y el destino. No obstante, el tráfico de personas con motivo de explotación y la violencia de género son peligros a los cuales las mujeres se enfrentan en la totalidad de su migración forzosa.

De hecho, las autoridades europeas calculan que de todas las personas sometidas a explotación sexual, el 98% son mujeres. Además, Europol advierte que una parte significativa de los 10.000 menores desaparecidos en la Unión Europea se podrían encontrar bajo una red de explotación laboral y sexual.

Una Unión Europea que, según el eurodiputado del Partido Verde europeo, Josep-Maria Terricabras, ni considera la perspectiva de género ni atiende la crisis de asilo por igual: “La Unión Europea aún no existe. En la realidad, es un club de Estados. Cada uno toma decisiones para luego desmarcarse cuando les da la gana”, argumenta.

 

Según los informes de la Organización Internacional de Migraciones (OIM), en la ruta central del Mediterráneo, un total de 74% de los solicitantes de asilo han sido víctimas de mafias y redes de explotación y tráfico de personas. Unas impactantes cifras que, según el Parlamento Europeo, se deben a la facilidad de las mafias para aprovecharse de las personas en extrema situación de vulnerabilidad así como la inexistencia de vías legales y seguras .

Además, la mayoría de agresiones de género se resumen, en el caso de las refugiadas, en agresiones sexuales y abusos. Unos crímenes que pocas veces son denunciados a las autoridades por falta de confianza hacia éstas, miedo a las represalias o bien la autoculpabilidad.

Vulneraciones cometidas en el país de origen y en el trayecto

Muchos de los motivos que provocan la huida de una mujer por motivo de género, giran en torno a 3 problemáticas principales: La mutilación genital, los matrimonios forzosos y los crímenes de honor.

Según datos del informe presentado por la fundación Josep Irla, entre 100 y 140 millones de niñas han sufrido mutilación genital, la gran mayoría cuando tenían una edad comprendida entre los 4 y los 12 años. Y pese que es una problemática generalizada en los países de origen, hay estudios que revelan que también hay un número elevado de mujeres que han padecido ésta práctica en Europa. Se estima que en Gales e Inglaterra residen  137.000 de estas mujeres.

Respecto a los matrimonios forzados, también se estima que en los países en vías de desarrollo, más del 70% de chicas se casan antes de los 18% y la gran mayoría con un hombre mucho mayor y de manera forzada.

En el año 2001, ACNUR estableció una serie de estrategias ante el elevado riesgo de abuso que las refugiadas podían padecer durante las migraciones. Una de las iniciativas promovidas por la organización se basa en la inscripción individual de las mujeres refugiadas en los programas de ayuda. 10 años más tarde, un informe reveló que el 91% de mujeres en los campos de refugiados se habían inscrito individualmente y que el 51% habían recibido documentación para garantizar su seguridad individual. Así mismo, según Naciones Unidas, un 83% de las mujeres que denunciaron casos de violencia de género recibieron asistencia.

No obstante, un documento realizado por la misma ACNUR y la ONG Women’s Refugee Comission estimó que en los campos de refugiados de Grecia y Macedonia carecían de programas para evitar esta clase de violencia. Estimaron que no existían espacios seguros para mujeres y niños, incluyendo, según el informe, »espacios reservados para las entrevistas personales, espacios para dormir o para tener cura de su higiene». Finalmente, el informe concluyó que »las niñas y las mujeres refugiadas y migrantes deben hacer frente a graves peligros y que la respuesta de los gobiernos, actores humanitarios, instituciones europeas y la sociedad civil organizada no son las adecuadas».

Vulneraciones y abusos en el lugar de destino

Según los especialistas, para evitar los abusos a las que pueden estar sometidas las mujeres y niñas refugiadas en las etapas anteriores, hay que dar una especial incidencia a los métodos participativos que aumenten el empoderamiento de las mujeres y su participación en las sociedades de acogida.

El acceso a la información es, además, un elemento clave para llevar a cabo estas iniciativas, ya que como argumentan los expertos “la falta de información y las barreras culturales hacen que las refugiadas y demandantes de asilo encuentren barreras importantes para hacer efectiva, por ejemplo, su integración laboral o acceso a servicios sanitarios».

Por lo tanto, esta iniciativa pretende incentivar el acceso de las mujeres refugiadas al mundo laboral, a un domicilio digno, lengua y acceso a servicio sanitario básico. El acceso a este último elemento puede resultar imprescindible teniendo en cuenta los numerosos casos de refugiadas que llegan a su destino con un embarazo no deseado, enfermedades de transmisión sexual así como problemas físicos y psicológicos a causa de su viaje o persecución.

Ante tales situaciones, el Parlamento Europeo emitió en 2016 un informe requiriendo que la acogida a las personas refugiadas debería aplicarse en perspectiva de género y que era necesaria una apertura de vías legales y seguras, fomentar la cooperación policial y judicial para combatir las redes de explotación, así como prestar asistencia especializada a las mujeres y niñas refugiadas, entre otras.

Las prácticas de acogida

Ante el inicio de la crisis de refugiados, España se comprometió con la Unión Europea a acoger a más de 19.000 refugiados. Hoy en día, solamente se ha acogido a un 5% de esta cifra. La Generalitat de Catalunya, además, también se comprometió a acoger y reubicar a 4.500 de estas personas. Actualmente, hay 900 refugiados en suelo catalán gracias a la iniciativa del Comité de Acogida de las personas Refugiadas, una plataforma pública creada en 2015 para dar una respuesta institucional a la crisis.

Amina Hussein, refugiada del Kurdistán sirio, activista y estudiante de Periodismo en la Universidad Pompeu Fabra, expresó durante la presentación del informe las dificultades que se encontró a la hora de tramitar sus papeles en España: “me quedé cinco años sin papeles y el primer pasaporte de mi vida me llegó a los 27 años”, admitió.

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Amina Hussein habla del calvario que sufrió para obtener su documentación. Foto: Javier Castro

No obstante, y pese a la creación de programas de mentorías y de un programa propio de acogida, muchos activistas, como Carles Darder, portavoz de StopMareMortum, matiza que »hay que hacer mucho aún en Cataluña», ya que hay »refugiados que viven y duermen en la calle» y que la Generalitat solamente da largas a esta problemática responsabilizando a Madrid.

Por otra parte y también en Cataluña, la ONG SICAR tiene un convenio con la policía autonómica catalana para »mejorar la atención a las víctimas de explotación y tráfico de personas».

Con la coordinación entre las autoridades y la organización no gubernamental, se ha conseguido que la víctima de tráfico sea el centro de las actuaciones y a la vez, combatir el crimen organizado. Unas prácticas elogiadas por la comunidad europea por su buen funcionamiento, basado en »una atención coordinada a las víctimas en toda Cataluña».

Trabas en la legislación española para el ejercicio del derecho al asilo

En España, el derecho al asilo y la condición de refugiado no fueron regulados hasta 1984, cinco años después de la adhesión del país a la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. El marco legal español sobre esta cuestión ha sufrido varias modificaciones a lo largo de las legislaturas. Respecto a los anteriores textos, la ley vigente que regula el derecho al asilo (12/2009, de 30 de octubre) incluye por primera vez la persecución por motivos de género u orientación sexual como una causa para acceder al asilo. Este motivo no está recogido explícitamente en la Convención de Ginebra.

A pesar del avance que supone este reconocimiento, según la Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado (CCAR) hay cuatro aspectos de la ley que pueden dificultar e incluso impedir el ejercicio del derecho al asilo en España a las personas perseguidas por su identidad de género u orientación sexual.

El primero de ellos es que, a diferencia de lo que ocurre con otras causas de persecución como la raza, la nacionalidad, la religión y las opiniones políticas, según la ley de asilo española el género y la orientación sexual no pueden dar lugar por sí mismas a una persecución, sino que depende de las “circunstancias imperantes en el país de origen”. Este concepto es problemático, dado que para muchas personas necesitadas de asilo los hechos que justifican su huida no se ajustan a las circunstancias que prevé la ley.

Además, la dificultad para recabar información fidedigna sobre violaciones de Derechos Humanos en países en donde los perpetradores des estos crímenes gozan de la connivencia del estado pone en entredicho la exactitud de los informes que manejan las instituciones oficiales españolas encargadas de la tramitación de las peticiones de asilo. De hecho, en la presentación de su informe, Helena Castellà resaltó la “falta de datos” oficiales a la hora de analizar la situación de las mujeres refugiadas.

El segundo aspecto problemático de la ley es la exclusión de los ciudadanos comunitarios y de otros países considerados “seguros” del derecho a solicitar asilo en España. La privación de cualquier posibilidad de pedir protección para estas personas sin realizar un estudio individualizado de su caso contradice la Convención de Ginebra. Como recuerda la CCAR, esta prohibición tiene un impacto “especial” en las mujeres y la población LGBTI. Según la Oficina Europea de Policía (Europol), en 2014 la mayoría de víctimas de tráfico de personas (71%) registradas en la base de datos de la agencia fueron ciudadanos de la Unión Europea. Tres de cada cuatro fueron mujeres y, un 15%, niños.

El tercer aspecto es que la ley vigente no prevé la posibilidad de solicitar asilo en misiones diplomáticas y oficinas consulares españolas. Según la CCAR, ésta era hasta hace ocho años una herramienta muy eficaz para acceder a la protección que brinda el asilo. Concretamente, el artículo 38 de la ley 12/2009, de 30 de octubre, establece que sólo se podrá utilizar esta vía si el solicitante se encuentra fuera de su país de origen y si un embajador del estado español autoriza y promueve el traslado del solicitante a territorio español. Este artículo, por lo tanto, se lo pone más difícil a las personas perseguidas para que formalicen la solicitud de asilo en su país de origen y a lo largo del viaje al país de destino, con lo cual aumenta el riesgo de que sufran múltiples abusos en el camino.

Finalmente, el cuarto aspecto es que el texto contiene fragmentos que la CCAR considera “homófobos”, pues en el artículo 7 se especifica que “en ningún caso podrá entenderse como orientación sexual, la realización de conductas tipificadas como delito en el ordenamiento jurídico español”, dando a entender que la homosexualidad y el resto de expresiones sexuales no normativas pueden estar asociadas a conductas delictivas. La CCAR recuerda que el artículo 8, que regula las causas de exclusión, ya incluye una cláusula que impide que las personas que hayan cometido delitos graves sean candidatas para acceder al asilo en España.

Con todo, en declaraciones a Memorias en Movimiento, Helena Castellà se mostró crítica con el gobierno español, que expide más certificados de “protección” oficial que de refugiado. Según ella, esto contribuye a alargar el limbo de los solicitantes de asilo, quienes “esperan seis meses o un año entero para tramitar su solicitud y después ser rechazados” por la administración.

La falta de protección de las víctimas de tráfico de personas

Según la Europol, el tráfico de personas, que afecta sobre todo a mujeres y niños, puede tener varias finalidades, entre las cuales cabe destacar la explotación sexual, el trabajo forzado, la extracción de órganos, el tráfico de drogas y la explotación de las víctimas para el robo y la comisión de otros delitos menores.

Las víctimas de trata tienen que enfrentarse a varios obstáculos antes de que puedan recibir protección internacional del estado español. En primer lugar, y mientras todavía están bajo el control de las mafias que las explotan, el miedo a represalias las empuja a ocultar información y a mentir ante las preguntas de los funcionarios encargados de tramitar las solicitudes de asilo, los cuales suelen denegarlas por incoherentes e inverosímiles. En segundo lugar, la falta o, incluso en algunos países, la ausencia de recursos específicos para el restablecimiento y la protección efectiva de las víctimas impide que logren desvincularse de las organizaciones criminales que las explotan.

Sin embargo, la principal limitación para que estas personas puedan ejercer su derecho de asilo en España es, como denuncia la CCAR, “la negativa del gobierno español a considerar el tráfico de seres humanos con finalidades de explotación sexual como causa de asilo”, contraviniendo de este modo las recomendaciones del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y otras organizaciones internacionales.

No fue hasta el último trimestre del año pasado que el gobierno concedió por primera vez protección internacional a doce mujeres y a sus hijos menores de edad, víctimas de trata con fines de explotación sexual. Estas mujeres iniciaron el proceso de solicitud de asilo entre 2009 y 2014. En ningún caso podrá entenderse como orientación sexual, la realización de conductas tipificadas como delito en el ordenamiento jurídico español.

Aunque según el Defensor del Pueblo la mayoría de víctimas de tráfico de personas en España provienen de países de la Unión Europea como Rumanía y Bulgaria y, en menor medida, de otros estados extracomunitarios como Nigeria y China, la Unión Europea ha alertado que los grupos criminales organizados están aprovechando el desamparo de muchas personas en busca de refugio en Grecia, la ruta de los Balcanes y las costas de Libia para esclavizarlas. Las principales víctimas de estas redes son las mujeres y los niños no acompañados. La inacción de los estados europeos durante la llamada crisis de los refugiados está dejando a miles de personas desprotegidas ante las mafias que practican la esclavitud moderna.

Más datos

Según datos de ACNUR, en 2016 se produjeron un total de 65 millones de desplazamientos forzados y, en los últimos 4 años aumentaron un 55% a causa de los conflictos en Oriente Medio y el continente africano.

Además, durante 2015, un 25% de las personas migradas eran menores de edad, un 17% mujeres y un 58% hombres.

En cuanto a los solicitantes de asilo, en 2014 se tramitaron 626.960 solicitantes, de los cuales un 29’7% eran mujeres. Asimismo, en 2015 se registraron 1.322.825 solicitudes, con un 27’8% realizadas por mujeres. Finalmente, en 2016 se registraron un total de 925.730. De esta última cifra, un 32’7% de las solicitudes de asilo fueron pedidas por mujeres.

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Elaboración propia a partir de datos de ACNUR

Los datos de ACNUR también confirman que, en 2016, las mujeres ya superaban el 50% de las llegadas en países como Grecia e Italia. Una décima parte de estas refugiadas se encontraban embarazadas. Lo que según Naciones Unidas, »podría comportar el nacimiento de muchos menores apátridas».

Si quieres saber más:

 

NOTA: LA FOTOGRAFÍA UTILIZADA ANTERIORMENTE ES DE ANEESA TALIB (HALIMAH TRUST). SU UTILIZACIÓN NO PERSIGUE BENEFICIOS ECONÓMICOS Y TODOS SUS DERECHOS PERTENECEN A SUS RESPECTIVOS PROPIETARIOS.